LOS TÉCNICOS SE IRÁN, LOS JUGADORES PASARÁN, LA VERDOSA SE QUEDARÁ Y SIEMPRE TE ALENTARÁ.-

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martes, 16 de agosto de 2011

LIGA CERESINA DE FÚTBOL. DIVISIONES INFERIORES.

Finalmente, el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Ceresina de Fútbol, luego de pasar a cuarto intermedio, con plazo máximo para este martes 16 a las 21 horas, dió a conocer el fallo sobre el encuentro entre el CLUB ATLÉTICO TOSTADO y Unión de San Guillermo, en la Copa de Oro de Quinta División en Villa Trinidad, el pasado sábado 06 de agosto de 2011.

                    LIGA REGIONAL CERESINA DE FUTBOL
HONORABLE  TRIBUNAL  DE  PENAS –
ACTA Nº 643-
En Ceres, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fé, a los 15 y 16 Días del mes de Agosto de 2011. Se reúnen en la sede de la Liga Regional Ceresina de Fútbol, sita en Av. Tristán Malbrán Nº 331, de Ceres (Santa Fé), los miembros del Honorable Tribunal de Penas y Disciplinario: Señores: Reynaldo Domingo Fassi, Oscar Juan Albertinazzi, Dr Néstor Domingo Gaitán  y Dr. Marcelo Raúl Ribotta; quienes firman al pié de la presente, a efectos de tratar lo siguiente:
VISTOS: Los informes de los señores árbitros que tuvieron a su cargo el contralor de los encuentros del: Torneo Oficial de Primera y Sub-21, e Inferiores, y considerando las Transgresiones al Reglamento General de Penas y Disciplinario:

RESUELVEN:

FALLO PENDIENTE: ENCUENTRO: 5º DIV. SEMIFINAL COPA de ORO – TORNEO APERTURA 2011 – UNION CULT. y DEP. SAN GUILLERMO vs. CLUB ATLETICO TOSTADO
Y VISTOS: el fallo pendiente con motivo del informe del arbitro del encuentro disputado el dia 06-08-2011 entre UNION CULTURAL Y DEPORTIVO SAN GUILLERMO Vs. CLUB ATLETICO TOSTADO categoría Quinta División, Semifinales de la Copa de Oro del Torneo Apertura 2011.  
Y CONSIDERANDO: el informe del Sr Arbitro del encuentro y de los asistentes sobre los incidentes ocurridos con motivo de la expulsión del jugador Nº 5 del Club Atlético Tostado.-   
El descargo en forma conjunta de los jugadores informados quienes niegan todos y cada uno de los hechos que se le atribuyen.- 
Además se agrega el informe policial, certificado medico y la imágenes fílmicas que aportan claridad a los hechos acontecidos.- 
El reglamento de Transgresiones y Penas de la L.R.C.F. tiene como objetivo principal el espíritu y convivencia deportiva, el respeto a los jugadores, árbitros, dirigentes e integrantes de cuerpos técnicos.- Dicha norma deportiva faculta y otorga las herramientas necesarias a los integrantes de este H. T. P.  para la búsqueda de los fines antes esgrimidos.- 
Que por ello y en uso de las facultades que le son propias, este Honorable Tribunal de Penas:

RESUELVE:
A.- SUSPENDER

1. al jugador Nº 5 PLOTINO, Marcos, Carnet  Nº 12885 del Club Atlético Tostado,  por el termino de (10) DIEZ AÑOS, ello por aplicación del art. 200 inc a p.1-183.-
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2. al jugador Nº 2 PAJON Leandro, Carnet Nº 11651 del Club Atlético Tostado, por el termino de (10) DIEZ AÑOS, ello por aplicación del art. 183.-
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3. al jugador Nº 8 CHAVEZ, Matías Carnet Nº 14392 del Club Atlético Tostado,  por el termino (4) CUATRO AÑOS, ello por aplicación del art. 183.-
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4. al jugador Nº 16 AGUIRRE, Mariano Carnet Nº 12861 del Club Atlético Tostado,  por el termino de (3) TRES AÑOS, ello por aplicación del art. 183.-
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5. al jugador Nª 4 PLOTINO, Brian Carnet  Nº 13872 del Club Atlético Tostado, por el termino de (2) DOS AÑOS, ello por aplicación del art.183.-
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6. al jugador Nº 15 BARRETO, Amilcar Carnet Nº 12892 del Club Atlético Tostado,  por el término de (15) QUINCE PARTIDOS, ello por aplicación del art. 184.-
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7. al jugador Nº 7 OROS Franco Carnet Nº 12900 del Club Atlético Tostado,  por el término de (15) QUINCE PARTIDOS, ello por aplicación del art. 184.- 
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8. al jugador Nº 6 RUIZ DIAZ Marcelo Carnet Nº 12896 del Club Atlético Tostado,  por el termino de (13) TRECE PARTIDOS, ello por aplicación del art. 184.-
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9. al jugador Nº 1 BENEGAS Ignacio Carnet Nº 12891 del Club Atlético Tostado,  por el término de (10) DIEZ PARTIDOS, ello por aplicación del art 184.-
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10.  al jugador Nº 3 SOSA Alexis, Carnet Nº 13336 del Club Atlético Tostado,  por el término de (5) CINCO PARTIDOS, ello por aplicación del art. 185.-
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B.-      EXPULSAR de la Liga Regional Ceresina de Futbol al integrante de la sub comisión de futbol del Club Atlético Tostado,  Sr FERNANDEZ Nery Gastón DNI Nº 31.229.468, ello por aplicación del art. 260.-  
C.-       Referente a la suspensión del encuentro se determina dar por finalizado el mismo con el resultado que se registraba en ese momento; Unión Cult. y Dep. San Guillermo: (2) vs. Club Atlético Tostado: (1).- 
D.-         Se pasa a cuarto intermedio a los fines de determinar si corresponde medida disciplinaria alguna al CAT.- 
                                  Sin más temas que tratar, se da por finalizada la reunión, en el lugar y fecha ut-supra indicados, firmando los miembros presentes para constancia de lo actuado.-------------------------------------------------------

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